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Aprueba Comisión de Fiscalización Reglamento de la Unidad Técnica de Evaluación

La Comisión de Fiscalización del Congreso del Estado de Sinaloa, que preside el diputado Marco Antonio Zazueta Zazueta aprobó por unanimidad el Reglamento Interior de la Unidad Técnica de Evaluación.
El Reglamento Interior de la Unidad Técnica de Evaluación, que fue aprobado por unanimidad de las diputadas y diputados presentes, establece la vigilancia de la Comisión de Fiscalización, respecto a las funciones que realiza la Auditoría Superior del Estado.
El presente Reglamento tiene por objeto regular la organización, atribuciones, competencia y funcionamiento de la Unidad Técnica de Evaluación, como órgano técnico especializado de la Comisión de Fiscalización, para auxiliarla en la vigilancia, evaluación y control del desempeño de la ASE.
Además del diputado Marco Antonio Zazueta Zazueta, en la reunión de trabajo virtual, aprobaron el Reglamento Interno Marco César Almaral Rodríguez y las diputadas Flora Isela Miranda Leal, Cecilia Covarrubias González y Beatriz Adriana Zárate Valenzuela, vocales de la Comisión.
Para el ejercicio de sus atribuciones, la Unidad contará con las unidades administrativas siguientes: Dirección de la Unidad Técnica de Evaluación, Departamento de Planeación y Programación, Departamento de Fiscalización, Departamento de Evaluación del Desempeño; y Departamento de Atención al Área Jurídica.
El Reglamento puntualiza que la Unidad llevará a cabo sus funciones de conformidad con su Plan Estratégico Anual y su Programa Anual de Trabajo, incluyendo este último el Programa Específico de Auditorías y Evaluaciones Técnicas del Ejercicio Anual de que se trate.
Se establecen ocho atribuciones a esta Unidad más las que le atribuyan expresamente las disposiciones legales y reglamentarias aplicables.
Entre sus atribuciones están las de:
I. Practicar auditorías, por sí o a través de auditores externos, para verificar el desempeño y el cumplimiento de los objetivos, metas e indicadores de los programas anuales de la Auditoría Superior del Estado.
II. Requerir a las unidades administrativas de la Auditoría Superior del Estado, la información necesaria en el cumplimiento de sus atribuciones;
III. Proponer a la Comisión de Fiscalización, la emisión de Manuales de Organización, lineamientos, circulares y demás disposiciones administrativas necesarias para el funcionamiento de la Unidad;
IV. Implementar y supervisar, de forma permanente, los procesos para el mejoramiento, modernización y certificación de los servicios prestados por la Auditoría Superior;
V. Auxiliar a la Comisión en el análisis y dictaminación del Informe General, los informes individuales y demás documentos que le envíe la Auditoría Superior, entre otras.
La persona Titular de la Unidad será propuesta por la Comisión a través de convocatoria pública y designada por el Congreso, mediante el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes.
Durará en su cargo un periodo de cuatro años, prorrogable por otro periodo. Previa aprobación del Pleno del Congreso podrá ser removido por falta de honradez, ineficiencia, incapacidad física o mental, o la Comisión de algún delito.
El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de la aprobación por la Comisión de Fiscalización y publicado en el Periódico Oficial “El Estado de Sinaloa”.

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