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Inicio formal del Proceso Electoral Local 2020-2021

En sesión extraordinaria virtual y que representa el inicio formal del Proceso Electoral Local 2020-2021, el Pleno del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Sinaloa (IEES), aprobó la emisión de la convocatoria para la ciudadanía interesadas en fungir como observadoras electorales; así también se avalaron los lineamientos para la postulación de candidaturas indígenas.

En su mensaje, la Presidenta del IEES, Karla Gabriela Peraza Zazueta afirmó que la jornada electoral del 6 de junio de 2021, en la que se votarán por la Gubernatura del Estado, las cuarenta Diputaciones locales, las 18 Presidencias Municipales, las 18 Sindicaturas de Procuración y las 153 Regiduría, será la culminación de un proceso singular, pues forma parte de una elección concurrente a nivel nacional, calificada de como la más grande y la más compleja de nuestra historia, y además porque se inicia este proceso electoral en medio de una pandemia.

Dijo que esta pandemia llevó al organismo a un ejercicio de racionalidad presupuestal, en el que siempre se procuró preservar la calidad y el estricto apego a la legalidad en nuestras actuaciones, por lo que hizo el llamado al Poder Ejecutivo estatal y al Congreso del Estado a que atiendan los requerimientos de recursos planteados por nuestra institución, y en ese sentido, se dijo dispuesta ajustar costos sin afectar la certeza en el desarrollo del proceso y a los protocolos sanitarios.

Peraza Zazueta señaló que habrán de instalarse alrededor de 5 mil casillas, en las que se requerirán 212 supervisoras y supervisores electorales, además de mil 200 capacitadoras y capacitadores, para atender a un número aproximado de 45 mil funcionarias y funcionarios de casilla.

Consideró que el éxito de este proceso electoral se logrará con la suma de esfuerzos de todas y todos los participantes, sobre todo, con los más de 2 millones 213 mil 560 ciudadanas y ciudadanos que se esperan acudan el 6 de junio a ejercer su voto libre y secreto.

Observador/a Electoral

Con respecto a la aprobación de la convocatoria que emite el IEES para la ciudadanía interesada en acreditarse como observadora electoral para el Proceso Electoral Local 2020-2021, el Consejero Electoral y titular de la Comisión de Organización y Vigilancia Electoral,

Martín Alfonso Inzunza Gutiérrez, precisó que las solicitudes se recibirán ante los órganos competentes de este Instituto a partir del 17 de diciembre de 2020 al 30 de abril de 2021.

Los requisitos que deberán cumplir las personas interesadas y que se pueden consultar en nuestro portal: www.ieesinaloa.mx, son: Ser ciudadano o ciudadana mexicana en pleno goce de sus derechos civiles y políticos; no ser, ni haber sido miembro de dirigencias nacionales, estatales o municipales de organización o de partido político alguno en los 3 años anteriores a la elección; no ser, ni haber sido candidato o candidata a puesto de elección popular en los 3 años anteriores a la elección, y realizar los cursos de capacitación, preparación o información que impartan el INE y en su caso, este Instituto o las propias organizaciones a las que pertenezcan.

Se igual forma, se deberán presentar la siguiente documentación: Solicitud de acreditación en el formato correspondiente; escrito bajo protesta en el que manifieste que cumple con los requisitos de ley; dos fotografías recientes tamaño infantil del o de la solicitante y copia de la credencial para votar.

Lineamientos para la postulación de candidaturas indígenas

En otro acuerdo, el Consejo General en acatamiento a la sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa (TEESIN) aprobó el acuerdo para implementar acciones afirmativas en favor de los grupos y comunidades indígenas y hacer posible su participación política en el Proceso Electoral Local 2020-2021.

La Consejera Electoral y titular de la Comisión para la Atención de Grupos y Personas en Situación de Desventaja, Perla Bueno Torres, señaló que se consideró como parámetro el 33.33% de la población indígena, según la Intercensal 2015 de INEGI, representada en cada una de las demarcaciones territoriales, como directriz para ubicar los municipios y distritos en los que se considera adecuado aplicar la acción afirmativa, siendo El Fuerte y Choix y el Distrito 1, el cual comprende también los municipios mencionados, los que cumplen con esa condición.

Bajo ese criterio, los partidos políticos en lo individual o que participen como coalición o candidatura común, así como para las candidaturas independientes, deberán postular al menos, dos fórmulas de candidaturas indígenas en regidurías, tanto por el sistema de mayoría relativa como por el principio de representación proporcional; y la postulación de candidaturas indígenas a diputaciones por parte de los partidos políticos en lo individual o participando bajo la figura de coalición o candidatura común, en el que deberán registrar una fórmula por el sistema de Mayoría Relativa.

A efecto de atender el principio de la representación proporcional en la integración de los órganos legislativos, cada partido, deberá registrar una fórmula de candidatura indígena dentro de los primeros 5 lugares de la lista estatal. Por otra parte, atendiendo al principio de paridad, en esta acción se determina que las postulaciones indígenas, cada fórmula deberá ser de un mismo género, tanto la candidatura propietaria como la suplente, pudiendo ser la suplencia de género femenino cuando el propietario sea de género masculino, mas no en sentido inverso.

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