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Cobaes se capacita sobre el tratamiento de la Ley de Protección de Datos Personales

“La ley exige formalidades, es imperativo”, afirmó la directora de Datos Personales de la Comisión Estatal para el Acceso a la Información Pública (CEAIP), Natividad Hernández Rojo, en el marco de la capacitación ofrecida hoy al personal directivo de Cobaes sobre el tratamiento de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Sinaloa.

“Este tema es de trascendencia en la vida íntima de una persona y, especialmente, cuando se trata de un menor de edad. La protección de datos personales es un derecho. Por lo tanto, las instituciones de educación deben comprometerse a garantizar dicho derecho, siendo responsabilidad de todas aquellas áreas que manejen datos personales”, señaló Hernández Rojo.

“Desde el momento en que nosotros estamos tratando la información que nos llega, tenemos una responsabilidad de dar el debido cuidado a los datos”, recalcó.

En la videoconferencia donde participaron más de un centenar de directores de área, coordinadores ejecutivos de zona, jefes de departamento, delegados de zona, directores de plantel, responsables de centro de EMSAD y enlaces de Comunicación del Colegio de Bachilleres del Estado de Sinaloa, la funcionaria de CEAIP reveló que en el tratamiento de datos personales de menores de edad se deberá privilegiar el interés de la niña, niño y adolescente en los términos de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en los artículos 76 al 81.

“Tenemos que cuidar todos aquellos datos personales que trasciendan en la vida de un menor. No hay que pedir más datos que no estén en una disposición porque se incurrirá en una violación, tenemos que ser muy celosos porque la responsabilidad va a recaer en quien los está tratando”.

Agregó que, cuando los datos personales son necesarios, los propios padres tienen que dar su consentimiento. Ejemplo de ello, dijo, es el proceso de inscripción de un joven, donde se solicitan datos personales del menor y, en automático, el padre de familia o tutor otorga el consentimiento para cumplir satisfactoriamente que el menor quede inscrito.

En lo relacionado con las publicaciones en medios de comunicación y redes sociales, la directora de Datos Personales de CEAIP precisó que para efectos de divulgación deben establecerse políticas internas en la institución.

“Siempre hay que pensar primero en el daño que podemos ocasionar con la publicación de un dato que en la sanción que pudiera recibirse por esa acción”, precisó.

En ese sentido, puso como referencia la red social WhatsApp, que es muy utilizada en el ámbito escolar por la facilidad de formar grupos. Al respecto, Hernández Rojo dejó muy claro que será considerada como una violación a la ley en el caso de la divulgación de calificaciones, listado de alumnos aprobados e informaciones de becas, puesto que, para optimizar tiempos, normalmente la divulgación se hace abierta a grupos.

“Si son cuestiones muy generales, es viable hacerlo a través de un grupo de WhatsApp. En los casos específicos de calificaciones, listado de alumnos aprobados e información de becas, lo más recomendable es hacerlo de forma personal con el padre de familia o tutor”.

La expositora hizo hincapié en la publicación de listados de becas en redes sociales, puesto que se ha vuelto recurrente esta vía para enterar a los alumnos sobre su entrega, reiterando que este ejercicio no es posible hacerlo ya que el alumno recibe un beneficio proveniente de recursos públicos.

“Los que conocemos la ley, sabemos de su trascendencia”, concluyó, luego de la nutrida retroalimentación que surgió sobre el correcto uso de datos personales por parte de la audiencia.

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