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Aprueba el Senado reformas a favor de las niñas y mujeres

Ciudad de México.- El Pleno del Senado de la República aprobó en lo general y lo particular, diversos dictámenes provenientes de las Comisiones Unidas para la Igualdad de Género y Estudios Legislativos, que reforman y adicionan disposiciones a la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres y la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en materia de igualdad, perspectiva de género, derechos de las mujeres en materia de violencia laboral y órdenes de protección.

Por unanimidad de 109 votos a favor, avalaron cambios a diversas disposiciones de la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres en materia de igualdad, a fin de cumplir con un lenguaje incluyente que no deje lugar a interpretaciones de discriminación por motivo de género.

Con la aprobación de la minuta se modifican los términos “equidad” por “igualdad”, toda vez que el primero hace referencia a un principio de justicia social emparentado con la idea de la igualdad de oportunidades; ante ello, la necesidad de homologar dentro de la ley dicho termino como parte del trabajo legislativo que el Estado mexicano debe llevar a cabo en las acciones afirmativas en cumplimiento a los instrumentos internacionales en los que forma parte.

Dentro del paquete de dictámenes, de igual modo avalaron con 104 votos el dictamen que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con el propósito de otorgar facultades a la Secretaría de Cultura para la protección de los derechos de las mujeres.

En esta establece incluir a la Secretaría de Cultura dentro del Sistema Nacional de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres; a fin de contribuir a generar una sociedad más justa y equitativa especialmente en el ámbito cultural.

Además, promoverá acciones y mecanismos de participación de las mujeres en todos los programas y actividades; el derecho de las niñas y mujeres para realizar actividades creativas sin prejuicios de género; acciones y mecanismos de participación de las mujeres en programas y actividades de la secretaría; y propiciar la investigación en los procesos creativos de las disciplinas artísticas encaminadas a crear modelos de detección de violencia contra las mujeres y el respeto a su dignidad.

Adicionalmente, la Cámara de Senadores también aprobó con 101 votos el dictamen que reforma el Artículo 11 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para incorporar en el concepto de violencia laboral, la negativa ilegal de respetar las oportunidades de ascenso de las mujeres, así como de exigir la representación de certificados médicos de no embarazo.

En el dictamen, se precisa la urgencia de incluir todas las manifestaciones posibles de violencia laboral dentro de este concepto, y agrega que en virtud de que las mujeres se insertan cada vez más en el mercado laboral, es necesario garantizar su proyección para que gocen de los mismos derechos y oportunidades que los hombres.

Los tres dictámenes fueron remitidos al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

Finalmente, la Cámara Alta aprobó por unanimidad con 98 votos el dictamen por el que se reforman y adicionan diversos artículos de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en materia de órdenes de protección.

En el dictamen señala, que a raíz de las recomendaciones internacionales se estableció en la LGAMVLV que las órdenes de protección tienen como finalidad prevenir o impedir actos de violencia contra las mujeres durante los procesos judiciales; además define los tipos y términos para su expedición, mismo que no debe de exceder de 8 horas y una temporalidad de 72 horas.
En este sentido, se propone elevar el nivel de prioridad para la atención de casos de violencia contra las mujeres materializada en las órdenes de protección, a partir de la Ley, como una de las obligaciones más urgentes en el actuar de la autoridad.

Asimismo, plantea que la emisión de la orden de protección debe producirse de manera expedita y gratuita para que la víctima no sufra daños y sea protegida por el Estado; además de poder ser solicitadas de manera verbal o escrita por la víctima o las víctimas indirectas o bien por cualquier persona que tenga conocimiento, sin necesidad de la presentación de pruebas para acreditar los hechos de violencia.

Igualmente, señala que policías y ministerios públicos están obligados a brindar medidas de seguridad y promover acciones necesarias para que las mujeres víctimas accedan a la justicia.

Durante su intervención, la senadora Diva Gastélum Bajo, precisó que ante la violencia en contra de las mujeres, se tienen que aplicar las órdenes de protección. Pidió dejar el discurso aparente de protección de niñas y mujeres, para pasar a acciones garantistas de la vida y seguridad de todas ellas.

Señaló que las órdenes de protección han pasado por un sinnúmero de filtros pero sobre todo por mucho tiempo no se había logrado “satisfecha de que las órdenes de protección para mujeres víctimas de violencia después de tres años de trabajo interno, hoy logramos importantes reformas”.

“Aún no hay conciencia que golpear a una mujer debiera ser no solamente un delito, sino que no se permita y no se dé esta situación tan degradante como es la violencia en contra de las mujeres”, aseguró.

El dictamen se remitió a la Cámara de Diputados.

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